lunes, 11 de abril de 2011

Mejora en la cobertura de medicamentos.

El Presidente del IOMA informó a los gremios integrantes del Consejo Consultivo Gremial que, por resolución del H. Directorio del IOMA, se ha aprobado el aumento a los medicamentos para pacientes crónicos con los valores actualizados a enero de 2011.

Leé la nota completa en www.ametprovinciabsas.org.ar

viernes, 8 de abril de 2011

10 de abril - 
Día Nacional de la Ciencia y la Técnica

"La juventud debe tener ideales elevados y pensar en alcanzar grandes cosas, porque si la vida rebaja siempre y no se logra sino una parte de lo que se ansia, soñando muy alto alcanzaréis mucho más. Las conquistas del presente son sueños juveniles realizados y que alguna vez se tuvieron por imposibles."
Bernardo Alberto Houssay (1887 - 1971)

Un 10 de abril de 1887 nacía en Buenos Aires uno de los mayores exponentes del patriotismo argentino. Su inclaudicable vocación lo llevó a desarrollar una incesante actividad en favor de la docencia médica y la investigación científica puestas al servicio del interés público, colocando a la Argentina en un nivel de excelencia internacionalmente reconocido.

Fue galardonado con el Nobel de Medicina y Fisiología y con numerosos premios más, y reconocido con más de 40 membresías honorarias en las principales academias, sociedades científicas y universidades del mundo.

Médico y farmacéutico; docente e investigador; intercesor en la creación y, luego, presidente del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET); y mentor de grandes figuras, entre ellas Luis F. Leloir.

La Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica celebra hoy el Día Nacional de la Ciencia y de la Técnica en honor a este hombre que supo mantener sus ideales en alto en pos de un país mejor.



Comisión Directiva

viernes, 1 de abril de 2011

UN JUSTO RECONOCIMIENTO

LAS CÁMARAS LEGISLATIVAS APROBARON LA LEY DE JUBILACIÓN PARA DOCENTES TRANSFERIDOS A LA PCIA. DE BS. AS.

Tras numerosas gestiones y reclamos, dando respuesta a la injusta situación sufrida por los docentes y no docentes luego de la transferencia de las Instituciones Educativas de Nación al ámbito de la Pcia. de Bs. As., en el día de ayer el Senado y la Cámara de Diputados de la Pcia. de Bs. As. sancionó con fuerza de Ley, por la cual no se aplicará el criterio de Caja Otorgante a los docentes y no docentes dependientes de la DGC y E transferido a la Pcia de Bs. As. por aplicación de la Ley Nacional Nº 24.049, Decreto Reglamentario Nº 962/92 aceptada por la Ley Provincial Nº 11.524, podrá acogerse a los beneficios de la jubilación otorgado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Buenos Aires (IPS) como organismo otorgante aún cuando no reunieren los años de servicios provisionales exigidos por el organismo. (Artíc. Nº 1).

Para poder ejercer el derecho antes mencionado deberá el personal:
1)    Haber ejercido sus funciones en el territorio provincial por un término MÍNIMO DE 15 AÑOS ANTERIORES A LA VIGENCIA DE LA PRESENTE LEY. (Artíc. Nº 2).
2)    En el momento de promulgarse la ley posean 55 años de edad o más.


IMPORTANTE: El acogimiento a la presente Ley deberá formularse dentro de los ciento ochenta (180 días) hábiles de promulgada la ley.